martes, 13 de noviembre de 2012

DOCE IMPORTANTES PROYECTOS DE LEY SE APROBÓ EN EL CONGRESO



EN SESIONES 7 Y 8 DE NOVIEMBRE



1.   Se aprobó la LEY QUE MODIFICA LOS DECRETOS LEGISLATIVOS 1095, QUE ESTABLECE REGLAS DE EMPLEO Y USO DE LA FUERZA POR PARTE DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL TERRITORIO NACIONAL; Y, EL 824, LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS (PROYECTOS DE LEY 88, 301, 448 Y 1008).

Esta norma busca darle a las Fuerzas Armadas el marco legal para su accionar en los casos de presunción de delito de tráfico ilícito de drogas, es decir, que persigan y detengan a los implicados en estas actividades, para facilitar sus labores en las zonas declaradas en estado de emergencia, ya que en la actualidad esa función la realiza, únicamente, la Policía Nacional del Perú.

2.   Se aprobó en segunda votación LA LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CONTINUACIÓN Y CULMINACIÓN DE LAS OBRAS PENDIENTES QUE INTEGRAN EL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA MEJORAMIENTO DEL SANTUARIO DE CHAPI, COMO ATRACTIVO TURÍSTICO DE LA RUTA DEL LONCCO AREQUIPEÑO. (Proyecto de Ley 918-2011-CR).

Con la aprobación de esta norma se busca concretar en forma integral la propuesta del desarrollo turístico de Arequipa, actividad generadora de empleos temporales y dinamizadora de la economía de los pobladores de la zona, considerando que la peregrinación al Santuario de la Virgen de Chapi se ha instituido y consolidado en una de las expresiones culturales más importantes que identifican y caracterizan a la ciudad de Arequipa.

3. SE APROBÓ LA LEY QUE MODIFICA LA LEY 29314, LEY DE LA FÁBRICA DE ARMAS Y MUNICIONES DEL EJÉRCITO FAME S.A.C. (PROYECTO DE LEY 673). LA INICIATIVA LEGISLATIVA TIENE POR OBJETO MODIFICAR LOS ARTÍCULOS 2, 7 Y 18 DE LA LEY 29314, LEY DE LA FÁBRICA DE ARMAS Y MUNICIONES DEL EJÉRCITO (FAME SAC), con la finalidad de permitirle celebrar convenios con personas naturales o jurídicas públicas o privadas, para el cumplimiento de sus fines.

La finalidad de la modificatoria es también determinar la adecuada y real naturaleza de la reserva de las contrataciones y adquisiciones por cuestión de seguridad nacional, exonerándolas del requisito de publicidad. La norma vigente se refiere a los procesos de adquisiciones y no sobre los insumos. Por este motivo se propone extender la reserva a los insumos y materias que sirven para los procesos de producción que utiliza FAME SAC, los mismos que al momento de la adquisición deben ser codificados, considerando que la publicidad ocasiona un riesgo en el proceso de producción.
En conclusión, la finalidad de dicha norma es repotenciar las actividades y el logro eficiente y eficaz de la gestión que realiza la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército FAME. 

4. Se aprobó la en segunda votación la LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA LAGUNA DE PACUCHA (PROYECTOS DE LEY 852 Y 906).
La aprobación de esta Ley pone en valor la Laguna de Pacucha y su entorno, permitiendo actividades económicas (acuicultura, turismo) en armonía con el ecosistema local y garantizar la continuidad de los servicios ambientales proporcionados por la laguna.

Además la citada laguna tiene un valor emblemático para la provincia de Andahuaylas.

5. SE APROBÓ LA RECONSIDERACIÓN DE LA LEY QUE MODIFICA LA LEY 29031, LEY QUE INSTITUYE EL DÍA DE LOS DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA Y CREA LA CONDECORACIÓN CORRESPONDIENTE (PROYECTOS DE LEY 1019 Y 1195).

Esta Ley constituye un aporte al civismo patriótico en la educación en los centros educativos a nivel primaria y secundaria (público y privado) porque permite enseñar y recordar periódicamente a los estudiantes las consecuencias del terrorismo en nuestro país, incentivando el deber de honrar al Perú defendiendo la democracia y los intereses nacionales. 

6. SE APROBÓ LA LEY DE MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO (PROYECTOS DE LEY 217, 1293 Y 1362).

Con la aprobación de esta norma se consolida la prestación de servicios de saneamiento con una cobertura integral en las zonas rurales y urbanas garantizando una dotación adecuada y sostenible del agua potable, lo que permite mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

7. Se aprobó la RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL TRATADO SOBRE TRANSFERENCIA DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS (PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA 960).

Esta norma contribuye de manera eficaz a dar un trato humanitario a la justicia, permitiendo que la persona condenada pueda cumplir su condena de pena privativa de libertad en su ambiente social de origen (Estado de origen), de esta manera el cumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de un delito será menos doloroso y podrá ser cumplida en condiciones humanitarias.
Ratificar este Tratado es de vital importancia para la política y la efectividad de la administración de justicia ejecutándose en el marco del respeto a los derechos humanos.

8. Se aprobó la RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL TRATADO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA (PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA 961). 

La citada norma tiene por finalidad contribuir con el objetivo de la reinserción social de las personas condenadas para la cual considera que los nacionales de ambos Estados que se encuentran privados de la libertad por decisión judicial expedida en virtud de una infracción penal tengan la posibilidad de cumplir la condena en su ambiente social de origen.

Ratificar este Tratado es de importante para la efectividad de la administración de justicia y el respeto a los derechos humanos.

9. Se aprobó la RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 13 AL 20 DE NOVIEMBRE DE 2012 (PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA 1676).

La citada resolución legislativa autoriza la salida del Presidente de la República, con el fin de viajar a Francia y Portugal donde realizará visitas oficiales, así como a la ciudad de Cádiz, España, con el propósito de participar en la XXII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno.

10. Se aprobó la LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE LOS MÉDICOS CONTRATADOS EN PLAZAS ORGÁNICAS PRESUPUESTADAS ASÍ COMO EN AQUELLAS PLAZAS NO CUBIERTAS, QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY 29682, EN EL MINISTERIO DE SALUD, SUS ORGANISMOS PÚBLICOS Y GOBIERNOS REGIONALES (PROYECTOS DE LEY 1307 Y 1413).

Con esta Ley se recupera la confianza de los médicos cirujanos que laboran en las instituciones del Estado, eliminando la inestabilidad laboral de estos profesionales de la salud. Corrige las desigualdades entre los médicos cirujanos contratados y nombrados que realizan las mismas funciones y elevan los niveles de rendimiento en la prestación de los servicios de salud.

11. Se aprobó la LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE LOS MÉDICOS CONTRATADOS EN PLAZAS ORGÁNICAS PRESUPUESTADAS ASÍ COMO EN AQUELLAS PLAZAS NO CUBIERTAS, QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY 29682, EN EL MINISTERIO DE SALUD, SUS ORGANISMOS PÚBLICOS Y GOBIERNOS REGIONALES (PROYECTOS DE LEY 1307 Y 1413).

12. Se aprobó la LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DE LA SIERRA (PROYECTOS DE LEY 857 Y 1258).

La aprobación de esta Ley tiene por finalidad permitir la interconexión de los pueblos y ciudades de la sierra peruana y el tendido de ductos para la instalación de fibra óptica en las obras que correspondan a la construcción de la carretera longitudinal de la sierra.

Fuente: Congresista Yehude Simon Munaro.

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